GESTIONES A FIN DE INCLUIR EN LA OPERATORIA QUE ESTIPULA LA LEY Nº 341 A LAS 26 FAMILIAS AFECTADAS POR EL DESALOJO QUE TRAMITA EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA COMERCIAL Nº 22 SEC. Nº 43, DEL EDIFICIO DE BOEDO 1.959/67
PROYECTO DE DECLARACIÓN
La legislatura de C.A.B.A. solicita al Poder Ejecutivo que, a través de los organismos pertinentes, proceda a la inclusión en la operatoria que estipula la Ley Nº 341, a las 26 familias afectadas por el desalojo que tramita en el Juzgado Nacional de 1ra. Instancia Comercial Nº 22 Secretaria Nº 43 del edificio ubicado en la calle Boedo 1959/67.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Las 26 familias que habitan el edificio sito en Boedo 1959/67, lo hacen en forma permanente desde el año 1992, haciéndose cargo de los servicios puntualmente.
Los niños en edad escolar, concurren a las escuelas del barrio y sus padres acuden a sus trabajos, albañiles, carpinteros, amas de casa, etc. también por la zona.
Cuando fue habitado por estas familias eran dos estructuras de hormigón, abandonada por la constructora San Sebastián S.A. que fruto de maniobras fraudulentas presento su quiebra dejando la obra inconclusa.
En mayo de este año los vecinos recibieron una intimación de lanzamiento por parte del Juzgado Nacional Nº 1ra Instancia Comercial Nº 22 Secretaria Nº 43, siendo esta la primera vez en casi 20 años que tuvieron noticias sobre la situación.
Nos encontramos ante una situación social que requiere una solución, dado que se trata de familias afincadas en nuestra ciudad y que merecen la oportunidad de acceder a una vivienda digna, que les permita seguir sosteniendo su desarrollo familiar y darle un futuro seguro a sus hijos.
Consideramos que la solución propuesta en el presente proyecto de declaración, podrá satisfacer en parte los anhelos de estas familias.