PROYECTO DE LEY
Artículo 1°.- Crease la "Encuesta Anual de Victimización de la Ciudad de Buenos Aires", con el objeto de producir información que contribuya a un diagnóstico del problema del delito en la Ciudad, hábil para la elaboración de políticas de seguridad, tomando como universo a la población de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2º.- La Encuesta Anual de Victimización de la Ciudad de Buenos Aires será llevada a cabo, cada año, por el Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, como autoridad de aplicación de la presente ley, o el organismo que en el futuro asuma sus competencias, quien tiene la responsabilidad operativa de la misma, desde la presentación anual del proyecto de encuesta, hasta su publicación.
Artículo 3º.- El Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires, elevará el proyecto de encuesta al Consejo de Seguridad y Prevención del Delito de la Ciudad, para su consideración en su primera sesión plenaria de cada año. El proyecto deberá contener el plan de trabajo para el desarrollo de la encuesta, y las condiciones del contrato en caso de tercerización de la misma.
El Consejo de Seguridad y Prevención del Delito deberá expedirse en el plazo de treinta días, aprobando el proyecto y/o sugiriendo modificaciones o recomendaciones al mismo. La resolución del Consejo no será vinculante, pero la autoridad de aplicación de la presente debe expedirse sobre la misma mediante decisión escrita y fundada.
Artículo 4º.- Los resultados de la encuesta que se establece en la presente ley deberán brindar como productos mínimos, información sobre:
a) Los delitos de los que es objeto la población;
b) Cuándo y dónde ocurren los delitos (variables temporal y espacial);
c) A quiénes afectan y cómo responden las personas afectadas a la ocurrencia del delito;
d) Percepción sobre la actuación del Estado, en todos sus poderes.
e) Apreciación sobre violencia institucional.
Artículo 5º.- La encuesta deberá contemplar, entre otras, las siguientes características del universo de población sobre el que se definirán las muestras:
a) Variación de respuestas en función de grupo etáreo, género, situación laboral y nivel educacional de las personas;
b) Realizarse sobre una base territorial de la ciudad, que se corresponda con las Comunas, de modo de resultar representativa de cada una de ellas y del total del territorio de la ciudad.
Artículo 6º.- La Encuesta deberá contener, tanto en sus datos estadísticos, sus conclusiones y su presentación gráfica, un producto general de la Ciudad de Buenos Aires, y el mismo desagregado en las quince Comunas.
Artículo 7º.- La Encuesta de Victimización de la Ciudad de Buenos Aires, podrá ser producida con medios y recursos propios del Gobierno, o tercerizada, sólo a través de convenios con entes estatales o Universidades Nacionales.
Artículo 8º.- El resultado de la Encuesta Anual de Victimización de la Ciudad de Buenos Aires deberá ser publicado en la página Web de la Ciudad y en papel, con una impresión no inferior a cinco mil (5000) ejemplares, a los efectos de su distribución académica, a organizaciones no gubernamentales, órganos de gobierno. La publicación es obligatoria.
Artículo 9º.- Los gastos que demande la presente ley serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.
CLÁUSULA TRANSITORIA.- La primera Encuesta Anual de Victimización de la Ciudad de Buenos Aires, corresponderá al año 2009.
Artículo 10º.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señora Presidenta:
La producción de información criminal es una condición necesaria para debatir, elaborar, implementar y evaluar políticas públicas de seguridad. Si no se posee información consistente, las políticas a implementarse sólo podrán responder espasmódicamente a los problemas de seguridad que sufre la población.
A pesar de que las Encuestas victimológicas sobre seguridad son un recurso válido que se viene desarrollando en el mundo desde los años 60, este tipo de políticas, en nuestro país y en cada una de las jurisdicciones que lo componen han sido esporádicas y poco valoradas.
La falta de información metodológica llevó a que el dato periodístico de los hechos policiales ocupe su lugar, generando problemas en la comprensión del problema de seguridad, vanalización del mismo y temor social. Esto ha afectado enormemente el debate público sobre este tipo de políticas, puesto que las condiciones básicas para identificar los problemas a enfrentar se encuentran degradadas, y por lo tanto no se podrá visualizar tampoco los medios y las formas de cómo enfrentarlos.
La Encuesta de Victimización de la Ciudad de Buenos Aires es un modo de empezar a comprender con arreglo a una metodología científica y tomando como fuente a la propia población, qué delitos ocurren, cuándo y dónde se producen, a quiénes afectan, como responden las personas afectadas, y cuestiones relativas a la sensación de seguridad. Conocer esto será, sin duda, un enorme avance que permitirá estar más cerca de la generación de soluciones.
En este sentido, la Encuesta de Victimización de la Ciudad de Buenos Aires, no sólo permite conocer la cifra negra de la criminalidad, esto es, los hechos delictivos que no fueron denunciados y, por tanto, no constan en las estadísticas oficiales sino también los temores y la percepción de la población. Este último aspecto es de suma importancia, pues desde el punto de vista gubernamental es tan importante conocer con precisión la criminalidad objetiva, es decir, los hechos delictivos que acontecieron en una jurisdicción en un periodo determinado de tiempo, como la criminalidad subjetiva, esto es, los temores y las percepciones que los individuos se forman sobre el tema.
Debemos mencionar como antecedentes a la presente iniciativa, un proyecto de Declaración sobre Encuesta de Victimización de la Ciudad, del Diputado Marcelo Meis, y la Encuesta de Victimización de la Ciudad de Buenos Aires realizada por el Ministerio de Gobierno del Ejecutivo de la Ciudad, y encargada a la Universidad de San Andrés durante los años 2006/2007.
Con el objeto de poner en la agenda pública la necesidad de hacer de la producción de información una política de Estado en todos los niveles de gobierno, convencidos de que sólo sabremos qué hacer cuando sepamos qué es lo que pasa, y afianzando este tipo de instrumentos, considerados como parte de un sistema complejo de política criminal a los fines de fortalecer la acción del Estado frente a la problemática de la inseguridad, presentamos esta iniciativa.
En virtud de lo expuesto, se solicita la aprobación del presente proyecto.